En "La Ley de Amnistia y la derogacion de la Constitución. Propuestas para su reinstauracion", Jose Maria Pernas Alonso analiza por qué la Ley Orgánica 1/2024 de Amnistía es la derogacion del Estado de derecho en que se constituyó España conforme al artículo 1 de la Constitución de 1978, de la igualdad ante la ley del artículo 14, y de la exclusividad del poder judicial del artículo 117. Además se prueba por qué tras la CE de 1978 no es posible otorgar una Amnistía, en contraste con la Amnistía otorgada en 1977 previa a la CE de 1978. Por otro lado, se estudia la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en casos de leyes polacas contrarias al Estado de derecho que proclama el art. 2 del Tratado de la UE, conforme a la cual la Comisión Europea obtuvo la suspensión cautelar de dichas leyes por el TJUE. En este sentido se profundiza en la capacidad de los tribunales españoles para inaplicar dicha ley basándose en la primacía del derecho de la UE, y el posible choque con el actual Tribunal Constitucional. También se analiza por qué el Rey tenía fundamentos para no proponer la investidura del candidato socialista al amparo del artículo 99 de la Constitución y de su papel como garante de la permanencia del Estado constitucional. Finalmente, ante la ausencia de Constitución y de separación de poderes, se proponen cambios constitucionales de calado para reinstaurar la vigencia de una Constitución democrática con frenos y contrapesos reforzados, que garanticen los derechos individuales frente a los abusos del poder político